Ley de Responsabilidad Penal de los Menores.
La publicación el 28 de abril de 2023 de la Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, para la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en los delitos contra la libertad sexual, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, abre un proceso de actualización de una Ley fundamental en las oposiciones de Trabajo y Educación Social.
Así que, empecemos ¿Qué es lo que se ha modificado? Pues solo el apartado 2 del artículo 10 que versa sobre las reglas especiales de aplicación y duración de las medidas vinculándolas a delitos tipificados en el Código Penal, por eso al modificarse el Código se ha modificado este artículo.
Pero, ¿es importante? Pues en principio ni para trabajo social ni para educación social este artículo es relevante.
Entonces, ¿Qué me estudio de esta ley? Hagamos un repaso exhaustivo, destaquemos los artículos más importantes:
*Artículo 1: se aplica la ley a personas mayores de 14 años y menores de 18 por la comisión de delitos.
*Artículo 3: no se aplica la ley a los menores de 14 años que se aplicara lo dispuesto en el Código Civil.
*Artículo 7: definición de las medidas impuesta a los menores. Este artículo es el imprescindible, te lo tienes que estudiar sí o sí. Ha caído en numerosas ocasiones en exámenes tanto de la administración local como de la autonómica. Son en total 15 medias. Memoriza su nombre, definición y características.
*Artículo 14: la mayoría de edad. En los Centros de Tratamiento pueden estar hasta los 21 años.
Ojo a partir del Título III en el artículo 16 hasta el final aparece el proceso judicial de imposición de la medida ante comisión de delito por parte de los menores. Esta parte te la puedes estudiar como un esquema. Pero si vas a lo muy preciso, lo más destacable es:
*Artículo 27: el equipo técnico.
*Artículo 42: Recurso de casación sobre la sentencia otorgada.
Recuerda que: En Andalucía, sobre el tema de justicia juvenil sigue en vigor en Título III de la Ley 1/1998 del menor en Andalucía, en concreto trata sobre las medidas adoptadas por los jueces de menores.
Además, la Ley 5/2000 tiene un reglamento regulado por: Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Muy interesante e imprescindible para la convocatoria de trabajo social para personal laboral y convocatoria de educador de centros sociales.
Esta Ley es de estudio para los siguientes temas:
Para la convocatoria de Trabajo Social:
En personal laboral tema 34 justicia juvenil.
En funcionario de carrera: tema 26 legislación de menores.
Para educador de Centros Sociales:
Tema 29 normativa básica sobre responsabilidad penal.
Para educador social:
Tema 19: menores en conflicto social.